¿QUÉ ES EL DERECHO CIVIL?

El Derecho civil es una rama del derecho la cual contiene normas jurídicas que regulanlas relaciones entre las personas o las relaciones de tipo patrimonial, ya sean relaciones de personas físicas o jurídicas, privadas o públicas.

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Cada persona se considera un sujeto de derechos, de manera que se pueden vincular derechos civiles con individuos. Por ello, estamos ante un sistema de tipo subjetivo que considera a un individuo como un particular y no como una generalidad. 

Todo el Derecho tiene como protagonista a la persona. De tal manera, todo nuestro ordenamiento esta presidido por la idea del respeto a la dignidad de la persona (Art.10 CE). El Derecho Civil, por lo tanto, es el derecho de la persona en cuanto despojada de todo atributo o cualidad. 

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Es el Derecho de aquellos elementos jurídicamente relevantes de las personas. Garantiza la libertad y autonomía de actuación de los sujetos en el ámbito privado.

Además de las cuestiones que se ocupa el Derecho Civil, también participa en otras ramas del ordenamiento jurídico, como el Derecho Mercantil o el Derecho Laboral.

En resumen, el Derecho Civil es un conjunto de normas jurídicas que regulan todos los aspectos relativos a la personalidad, la familia y las relaciones patrimoniales.

EL DERECHO CIVIL COMO DERECHO PRIVADO

Llamamos Derecho Privado al conjunto de normas que regulan la vida humana, y los fines que le son propios. Y por eso, tratándose el Derecho Civil de Derecho Privado, las ramas principales del Derecho Privado son la persona, sus estados civiles, su capacidad, el poder para autonormarse, la familia, vivienda, trabajo…

Pertenecen al Derecho Privado el Derecho Civil, el Derecho Mercantil, el Derecho Internacional Privado y el Derecho del Trabajo. El resto de ramas del derecho son de Derecho Público, como el Derecho Financiero o el Derecho Constitucional.

¿CUÁLES SON LAS RAMAS DEL DERECHO CIVIL?

El Derecho Civil es la rama más extensa de todas, ya que engloba distintas partes del derecho privado, concretamente las siguientes:

  • De las personas. Regula aquellas circunstancias que estan relacionadas con las personas naturales, su capacidad jurídica, la nacionalidad de los individuos o la administración de bienes de seres incapacitados, entre otros.  
  • De las obligaciones y contratos. Dentro del derecho civil estudian los actos y negocios jurídicos y las consecuencias de éstos.
  • Del derecho de cosas, hace referencia a los bienes y el patrimonio de una persona. Entre éstos se encuentran los derechos reales, las propiedades y las posesiones.
  • De la responsabilidad civil
  • De la familia.  Regula las consecuencias jurídicas vinculadas en las relaciones familiares. Puede tener su origen en el matrimonio o en el parentesco de un individuo con otro
  • De las sucesiones.  Estudia las consecuencias jurídicas de  las transmisiones de bienes y derechos, una vez fallece una persona. 

¿CÓMO ESTUDIAR DERECHO CIVIL?

El Derecho Civil, al ser la rama principal de todo ordenamiento juridico, es la más grande en contenido. Por ello, al estudiar el grado en derecho se suele dividir en 4 partes para abarcar mejor su comprensión. Así, en Derecho Civil 1 lo podemos dividir en estos bloques:

I. CONCEPTO DE DERECHO CIVIL: formación histórica, contenido, caracteres. Codificación y derechos civiles forales y autonómicos. Título preliminar del Código Civil

II. DERECHO DE LA PERSONA. Persona física. Derechos de la personalidad. Capacidad jurídica y capacidad de obrar. Incapacidad y cargos tutelares. Ausencia y declaración de fallecimiento. Nacionalidad. vecindad civil. Registro Civil. Persona jurídica. Asociaciones y fundaciones.

III. PATRIMONIO Y BIENES PATRIMONIALES. 

IV. LOS DERECHOS SUBJETIVOS. Hechos actos y negocios jurídicos. Representación.

El Derecho Civil 2 se basa en el desarrollo de técnicas de argumentación jurídica y en la trascendencia del Derecho Civil como regulador de conflictos de intereses entre particulares. Por ello, se adquiere mas sensibilidad de la realidad social y económica, pues fundamentalmente se estudian las Obligaciones y los Contratos y los aspectos más relevantes de los mismos:

I. TEORIA GENERAL DE LAS OBLIGACIONES

II. TEORIA GENERAL DEL CONTRATO CONTRATOS 

III. LOS CUASI CONTRATOS

IV. LA RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL

El objetivo básico del Derecho Civil 3 es introducir la materia propia de los Derechos Reales y del Registro de la Propiedad

I. LOS DERECHOS REALES: CONCEPTO, OBJETO Y TRÁFICO.

II. EL DERECHO DE PROPIEDAD: CONCEPTO, CONTENIDO Y TUTELA. PROPIEDAD, COPROPIEDAD Y PROPIEDADES ESPECIALES. LOS DERECHOS REALES LIMITADOS DE GOCE.

III. LOS DERECHOS REALES DE GARANTÍA.

IV. LOS DERECHOS REALES DE ADQUISICIÓN PREFERENTE.

V. PUBLICIDAD DE LOS DERECHOS REALES: POSESIÓN Y REGISTRO.

Por último, en Derecho Civil 4 se estudia el Derecho de Familia y de Sucesiones. Concretamente hay que dividirlo en dos partes. En la primera de ellas, es decir, en el Derecho de Familia, se estudian los siguientes bloques:

DERECHO DE FAMILIA

I: INTRODUCCIÓN. Familia. Parentesco. Alimentos.
La familia y el Derecho de familia. Parentesco. Alimentos entre parientes

II. EL MATRIMONIO. Sistema matrimonial. Celebración.
El matrimonio. Sistema matrimonial español. El ius nubendi; parejas no casadas. Requisitos del matrimonio. Matrimonios religiosos. Inscripción registral. Efectos del matrimonio; derechos y derechos personales.

III. RÉGIMEN ECONÓMICO DEL MATRIMONIO
Tipología. El llamado régimen primario. Capitulaciones matrimoniales. Donaciones nupciales. Régimen de gananciales, de separación, de participación en ganancias y del matrimonio en derechos forales.

IV. CRISIS CONYUGALES. Régimen de la nulidad, separación y disolución del matrimonio; divorcio. Medidas y efectos comunes a las instituciones de la crisis conyugal. Efectos de la crisis en parejas de hecho.

V. FILIACIÓN. Concepto, clases y contenido de la filiación. Determinación y prueba de la filiación. Acciones de filiación. La adopción. Acogimiento. La potestad de los padres: titularidad, ejercicio, contenido y vicisitudes.

VI. INSTITUCIONES TUITIVAS
Tutela. Curatela. Defensor judicial. Guarda de hecho. Protección civil de discapacitados.

DERECHO DE SUCESIONES

I. ELEMENTOS DE LA SUCESIÓN MORTIS CAUSA.
El derecho de sucesiones; tipos de sucesión; la herencia. Tipos de sucesores: heredero y legata-rio; figuras dudosas. Capacidad y aptitud para suceder. Fases del proceso sucesorio; transmisión, representación sucesoria, acrecimiento.

II. SUCESIÓN VOLUNTARIA
Donación mortis causa. Testamento; caracteres. Capacidad para testar. Voluntad testamentaria. Interpretación. Forma. Tipos de testamento: comunes, excepcionales y especiales. Contenido del testamento; designación; condición, término y modo. Las sustituciones. Los legados. Albaceazo. Herencias de confianza. Invalidez del testamento. Revocación y caducidad. Contratos sucesorios.

III. SUCESIÓN LEGAL Y EXCEPCIONAL
La sucesión intestada. Sucesión en títulos nobiliarios. Otros supuestos.

IV. LEGÍTIMAS Y RESERVAS
La legítima. Los legitimarios; descendientes, ascendientes; cónyuge. La mejora. Derechos forales. Cálculo, consistencia y defensa de la legítima. Pago de la legítima. Preterición. Deshereda-ción. Reserva vidual y troncal. Derecho de reversión.

V. ADQUISICIÓN DE LA HERENCIA
La adquisición de la herencia. Herencia yacente. Régimen general de la aceptación y la repudiación. El beneficio de inventario. Acción de petición de herencia. Responsabilidad de heredero y legatario. Enajenación de herencia y cuota.

VI. COMUNIDAD HEREDITARIA Y PARTICIÓN
La comunidad hereditaria: régimen, administración, disposición, responsabilidad. Partición; acción de partición. Operaciones particionales; la colación. Partición por el testador, contador-partidor, cónyuge, convencional, arbitral y judicial. Efectos de la partición. Impugnación. Partición adicional.

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