
FORMACIÓN PERMANENTE: OBJETIVO SER ABOGADO
Estudiar para ser abogado requiere aprender distintas asignaturas. El acceso a la abogacía ha cambiado mucho durante los últimos años.
A día de hoy, es necesario tener dos cosas: la primera, una carrera de derecho, ya sea mediante una licenciatura o mediante un grado en derecho. La segunda, haber aprobado el máster de acceso a la abogacía.
Estos son los dos requisitos fundamentales para poder colegiarte como un abogado ejerciente.
EJERCER LA ABOGACÍA: EL CAMINO AL ÉXITO
Tradicionalmente, cuando el estudiante aprobaba la carrera, se "colegiaba" o se unía al colegio de abogados de su ciudad. Una vez te colegiabas, obtenías los permisos correspondientes para poder trabajar como abogado.
Sin embargo, muchos juristas optaban por colegiarse como "no ejercientes". Esto quiere decir que se puede trabajar como abogado y asesorar juridicamente pero sin poder ejercer la abogacía en los tribunales de justicia. Como puedes ver, estudiar para ser abogado no ha sido siempre tan rápido.
Ha sido muy frecuente ver como muchos licenciados al terminar la carrera se "colegiaban como no ejercientes". Esto se debe a que realizaban oposiciones, estudios de máster u otros títulos mientras tanto para no perder la posibilidad de trabajar en el futuro como abogado.
El único inconveniente es que mientras estas dado de alta como "colegiado no ejerciente" tienes que abonar una cuota al colegio de abogados.
Por eso, existen dos categorías, el colegiado ejerciente, el que de verdad trabaja como abogado ejercitando todas sus funciones, y el no ejerciente.
QUE TENGO QUE ESTUDIAR PARA SER ABOGADO
Durante el grado en derecho, se estudian muchas asignaturas que en su visión conjunta forman el tronco del abogado: Derecho civil, Derecho mercantil, Derecho laboral, Derecho administrativo, Derecho internacional...
Las materias para ser abogado son muy distintas. No existe ninguna rama específica que te convierta en mejor o peor abogado, pero sí podemos hablar de "especializaciones" en las que hay que estudiar para ser abogado especialista.
A día de hoy, dado lo mucho que ha crecido el sector jurídico, está muy extendido que un abogado elija durante su formación aquellas asignaturas que más le gusten. Y, poco a poco, especializarse en una o dos ramas del Derecho. AQUI puedes encontrar distintos libros para cada rama del Derecho.
Antiguamente existian dos grandes bloques: el Derecho público, donde elegias estudiar Derecho constitucional, Derecho administrativo o Derecho internacional público. Y, en segundo lugar, el Derecho privado, donde estudiabas Derecho civil, Derecho Mercantil y Derecho laboral, entre otros.
Cuando hablamos de "Derecho público" se hace referencia a que esta orientado, entre otros, a aquellas situaciones donde interviene una Administración pública.
Por ejemplo, el Derecho Administrativo se estudia para saber como funcionan los ayuntamientos y como éstos regulan las ciudades mediante sus ordenanzas.
Por otro lado, el Derecho privado se enfoca más a los negocios (hablando claro), a los contratos, a las cosas que tienen que ver con las personas, la propiedad privada, las empresas o los trabajadores.
Estudies lo que estudies, para ser abogado necesitas tener un grado en derecho y el máster de acceso a la abogacía. A través de estos, podrás aprender distintas ramas del derecho y decidir cual te gusta más.
EJERCER LA ABOGACÍA COMO ABOGADO DE OFICIO
¿Qué requisitos necesita un abogado de oficio para ejercer?
El Consejo General de la Abogacía establece los siguientes requisitos para que un abogado pueda ejercer en el turno de oficio y pueda prestar los servicios de Justicia Gratuita:
a) Tener residencia habitual y despacho abierto en el ámbito del colegio respectivo y, en el caso de que el colegio tenga establecidas demarcaciones territoriales especiales, tener despacho en la demarcación territorial correspondiente, salvo que, en cuanto a este último requisito, la Junta de Gobierno del Colegio lo dispense excepcionalmente para una mejor organización y eficacia del servicio.
b) Acreditar más de tres años en el ejercicio efectivo de la profesión.
c) Estar en posesión del diploma del curso de Escuela de Práctica Jurídica o de cursos equivalentes homologados por los Colegios de Abogados, o haber superado los cursos o pruebas de acceso a los servicios de turno de oficio y asistencia letrada al detenido establecidos por las Juntas de Gobierno de los Colegios de Abogados.
2. Excepcionalmente, la Junta de Gobierno de cada colegio podrá dispensar motivadamente el cumplimiento del requisito establecido en la letra c) del punto anterior, si concurrieren en el solicitante méritos y circunstancias que acreditasen su capacidad para la prestación del servicio.
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